Dar despensas a tus empleados significa entregarles una canasta de productos básicos como prestación de previsión social. Es más sencillo de lo que parece: defines un presupuesto, la entregas a todo tu personal de forma general y guardas el comprobante fiscal. DILSA arma despensas para empresas en La Laguna desde hace más de 35 años.
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¿Cómo dar despensas a empleados paso a paso?
Dar despensas a empleados sigue seis pasos: definir el presupuesto, entregarlas de forma general, elegir el contenido, organizar la entrega, pedir el CFDI y volverlas recurrentes. El paso que define el programa es el primero: en 2026, la despensa no integra el salario base de cotización del IMSS mientras no rebase el 40% de la UMA mensual ($1,426.49 al mes por trabajador), conforme al Art. 27, fracción VI, de la Ley del Seguro Social.
Según la Aseval, vía Expansión (diciembre de 2025), unos 10 millones de trabajadores en México usan vales de despensa, con un apoyo promedio cercano a $1,400 al mes. Estos son los seis pasos para dar despensa a tu personal:
- Define el presupuesto por trabajador. Decide cuánto darás por trabajador y cada cuándo (mensual, quincenal o por evento). Como dato general, en 2026 la despensa no integra el salario base de cotización del IMSS mientras no rebase el 40% de la UMA mensual ($1,426.49 al mes por trabajador), según el Art. 27, fracción VI, de la Ley del Seguro Social; tu contador valida el cálculo en tu caso. La Despensa No. 1 de DILSA arranca en $110 (precio de referencia 2026, sujeto a disponibilidad).
- Entrégala de forma general (la "generalidad"). Para que pueda deducirse como previsión social, la Ley del ISR pide que se otorgue en forma general: las mismas prestaciones para todos los trabajadores de un mismo sindicato o para todos los no sindicalizados, no a unos cuantos a discreción (Art. 27, fracción XI, de la Ley del ISR). Conviene documentar una política interna sencilla: a quién se da, cuánto y cada cuándo. Tu contador valida cómo aplica a tu plantilla.
- Elige el contenido y la presentación. Arma una canasta de productos básicos —despensa, no caprichos—. DILSA va de la No. 1 (seis básicos: frijol, arroz, azúcar, aceite, pasta y papel, $110) a la No. 10 ($610) —precios de referencia 2026, sujetos a disponibilidad—, y ofrece empaques como tina mil usos, caja, bote o cesto calado, de modo que la entrega también funcione como un detalle.
- Organiza la entrega y el acuse de recibo. Define calendario (mensual, quincenal o por evento), punto de entrega y, sobre todo, una firma de recibido por cada trabajador. Ese acuse sirve como respaldo documental de que la prestación se entregó de forma general; tu contador te dice qué más conservar. DILSA arma y entrega en el lugar y tiempo acordados.
- Pide el CFDI correcto. Tu proveedor te emite un CFDI de ingreso por la venta de los productos, como cualquier compra de mercancía, con el uso de CFDI que indique tu área contable. No lleva complemento de vales (ese es solo de las emisoras de monederos). En DILSA cumplimos con los requisitos de facturación y entrega para que tu área contable tenga todo en orden. La deducción como previsión social está sujeta a requisitos y topes de la Ley del ISR —entre ellos, los del Art. 27, fracción V, para los pagos que son ingreso del trabajador—; tu asesor fiscal valida el tratamiento en tu caso.
- Vuélvela recurrente. Como dato general, el Art. 28, fracción XXX, de la Ley del ISR vigente en 2026 permite deducir hasta el 53% cuando las prestaciones exentas del ejercicio no disminuyen respecto de las del anterior; tu contador valida cómo aplica en tu empresa. Conviene revisar los topes cada 1 de febrero, cuando cambia el valor de la UMA, y dejar el programa en automático.
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Paso 1 de 6
Define el presupuesto por trabajador
Qué decides: Cuánto darás por trabajador y cada cuándo (mensual, quincenal o por evento).
Qué dice la ley (en general): En 2026, la despensa no integra el salario base de cotización del IMSS mientras no rebase el 40% de la UMA mensual ($1,426.49 al mes por trabajador), según el Art. 27, fracción VI, de la Ley del Seguro Social; tu contador valida el cálculo en tu caso.
Cómo te ayuda DILSA: Te ayudamos a elegir, dentro de nuestro catálogo, la despensa que se ajusta a tu presupuesto. La Despensa No. 1 arranca en $110 (precio de referencia 2026, sujeto a disponibilidad).
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Arma un programa de despensas para tu personal →Lista operativa basada en este artículo, no asesoría. Marcar un paso no confirma el tratamiento fiscal de tu caso: lo valida tu contador.
Ver los 6 pasos en tabla
| Paso | Qué decides | Qué conservas | Qué dice la ley (en general) | Cómo te ayuda DILSA |
|---|---|---|---|---|
| 1. Define el presupuesto por trabajador | Cuánto darás por trabajador y cada cuándo (mensual, quincenal o por evento). | — | En 2026, la despensa no integra el salario base de cotización del IMSS mientras no rebase el 40% de la UMA mensual ($1,426.49 al mes por trabajador), según el Art. 27, fracción VI, de la Ley del Seguro Social; tu contador valida el cálculo en tu caso. | Te ayudamos a elegir, dentro de nuestro catálogo, la despensa que se ajusta a tu presupuesto. La Despensa No. 1 arranca en $110 (precio de referencia 2026, sujeto a disponibilidad). |
| 2. Entrégala de forma general (la "generalidad") | A quién se da, de forma general: las mismas prestaciones para todos los trabajadores de un mismo sindicato o para todos los no sindicalizados, no a unos cuantos a discreción. | Una política interna sencilla que documente a quién se da, cuánto y cada cuándo. | Para que pueda deducirse como previsión social, la Ley del ISR pide que se otorgue en forma general (Art. 27, fracción XI). Tu contador valida cómo aplica a tu plantilla. | — |
| 3. Elige el contenido y la presentación | La canasta de productos básicos que recibe tu personal y su empaque. | — | — | DILSA va de la No. 1 (seis básicos: frijol, arroz, azúcar, aceite, pasta y papel, $110) a la No. 10 ($610), precios de referencia 2026, sujetos a disponibilidad, y ofrece empaques: tina mil usos, caja de cartón, bote con tapa, baño de plástico, bolsa de malla o cesto calado. |
| 4. Organiza la entrega y el acuse de recibo | Calendario (mensual, quincenal o por evento) y punto de entrega. | Una firma de recibido por cada trabajador. Ese acuse sirve como respaldo documental de que la prestación se entregó de forma general; tu contador te dice qué más conservar. | — | DILSA arma y entrega en el lugar y tiempo acordados. |
| 5. Pide el CFDI correcto | Pedirlo con el uso de CFDI que indique tu área contable. | El CFDI de ingreso por la venta de los productos, como cualquier compra de mercancía. No lleva complemento de vales (ese es solo de las emisoras de monederos). | La deducción como previsión social está sujeta a requisitos y topes de la Ley del ISR, entre ellos los del Art. 27, fracción V, para los pagos que son ingreso del trabajador; tu asesor fiscal valida el tratamiento en tu caso. | En DILSA cumplimos con los requisitos de facturación y entrega para que tu área contable tenga todo en orden. |
| 6. Vuélvela recurrente | Dejar el programa en automático y revisar los topes cada 1 de febrero, cuando cambia el valor de la UMA; tu contador valida cómo aplica en tu empresa. | — | — | — |
Fuentes: Ley del Seguro Social, Art. 27, fracción VI; Ley del ISR, Art. 27, fracciones V y XI; UMA 2026: DOF (9 de enero de 2026) e INEGI (comunicado 1/26). Precios y empaques: catálogo DILSA 2026.
Reglas generales de la ley, no un cálculo para tu empresa. Confirma el tratamiento de tu caso con tu contador.
¿Qué pide la ley para dar despensas como previsión social?
La despensa puede ser deducible como previsión social, sujeta a requisitos y topes de la Ley del ISR. Entre ellos: entregarla de forma general, con comprobantes fiscales y nunca en efectivo (el Art. 7 de la Ley de Ayuda Alimentaria no permite darla en efectivo y, para efectos del ISR, la previsión social entregada en efectivo puede perder su naturaleza de previsión social). La deducción es parcial —hasta el 53% conforme al Art. 28, fracción XXX, de la Ley del ISR vigente en 2026— y nunca del 100%. Te recomendamos confirmar el tratamiento aplicable con tu contador o asesor fiscal.
El tratamiento fiscal de la despensa tiene tres capas independientes, cada una con sus propios requisitos y límites; ninguna da un beneficio automático ni del 100%:
- Deducción para tu empresa: puede ser deducible como previsión social, sujeta a requisitos y topes de la LISR: hasta el 53% conforme al Art. 28, fracción XXX, de la Ley del ISR vigente en 2026. El porcentaje exacto depende de tu caso; confírmalo con tu contador.
- Exención para el trabajador: puede estar exenta de ISR dentro de los topes del Art. 93 de la Ley del ISR (medidos contra 7 UMA anuales).
- Cuotas al IMSS: no integra el salario base de cotización mientras no rebase el 40% de la UMA mensual ($1,426.49 en 2026); el excedente sí integra.
¿Es verdad que la despensa es "100% deducible" con la Ley de Ayuda Alimentaria?
No. La despensa y los vales de previsión social pueden ser deducibles para tu empresa, pero con límite: hasta el 53% conforme al Art. 28, fracción XXX, de la Ley del ISR vigente en 2026, nunca el 100%. El Art. 13 de la Ley de Ayuda Alimentaria no crea un beneficio adicional: remite a los términos y condiciones de la Ley del ISR.
Otros esquemas, como el servicio de comedor para el personal (Art. 28, fracción XXI, de la Ley del ISR), tienen reglas propias; si tu empresa tiene comedor o algún estímulo fiscal especial, tu contador valida el tratamiento aplicable.
Si alguien te ofrece "despensa 100% deducible", desconfía: deducir de más te expone a que el SAT rechace la deducción. La previsión social tiene reglas y límites fiscales; nuestro equipo te ayuda con el producto y la facturación (CFDI), y tu asesor fiscal valida el tratamiento en tu caso.

¿Despensa física o vales? Lo que cambia para tu empresa
La diferencia práctica entre despensa física y vales está en un requisito del SAT: los vales solo son deducibles si se entregan en un monedero electrónico autorizado, mientras que la despensa física en especie no necesita monedero. Lo establece el Art. 27, fracción XI, de la Ley del ISR: el requisito del monedero está escrito solo para los vales.
Para tu empresa, eso se traduce en tres ventajas concretas de la despensa armada: no dependes de un emisor de monederos, tú eliges la despensa que recibe tu personal (de los seis básicos de la No. 1 a una despensa surtida como la No. 10) y la recibes en el lugar y tiempo que acuerdes, sin que el trabajador tenga que buscar tiendas afiliadas. En deducción, exención e integración al IMSS, física y vales se rigen por los mismos límites; el requisito del monedero electrónico autorizado por el SAT aplica solo a los vales (Art. 27, fracción XI, de la Ley del ISR). El resto de la diferencia es operativa. Si quieres ver el detalle lado a lado, revisa nuestro comparativo de despensa física frente a vales.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio dar despensa a los empleados?
No. La Ley Federal del Trabajo no obliga a dar despensa; es una prestación voluntaria que la empresa ofrece para mejorar el ingreso de su personal y retener talento. La Ley de Ayuda Alimentaria la regula, pero su adopción es decisión de cada empresa. La despensa puede ofrecer beneficios fiscales conforme a la Ley del ISR, sujetos a requisitos y topes; te recomendamos confirmar el tratamiento aplicable con tu contador o asesor fiscal.
¿Cuánto puedo dar de despensa sin que aumente lo que pago al IMSS?
En 2026, la despensa no integra el salario base de cotización mientras no rebase el 40% de la UMA mensual, es decir, $1,426.49 al mes por trabajador, conforme al Art. 27, fracción VI, de la Ley del Seguro Social. El excedente sí genera cuotas. Tu contador confirma el cálculo en tu caso.
¿La despensa cuenta para el aguinaldo o el finiquito?
Depende de cómo se otorgue. La Ley Federal del Trabajo define qué prestaciones integran el salario para calcular aguinaldo, vacaciones, finiquito o liquidación, y en lo fiscal la despensa tiene sus propios límites: exención dentro de los topes de la Ley del ISR y no integración al IMSS hasta el 40% de la UMA mensual. Te recomendamos validar tu caso con tu contador o asesor laboral.
¿Necesito un monedero electrónico para que la despensa sea deducible?
No, si entregas despensa física en especie. El requisito de monedero electrónico autorizado por el SAT aplica solo a los vales de despensa, según el Art. 27, fracción XI, de la Ley del ISR. La canasta de productos armada no necesita monedero; puede ser deducible como previsión social, sujeta a requisitos y topes de la Ley del ISR. Confírmalo con tu contador.
¿Qué factura (CFDI) me deben dar al comprar despensas?
Un CFDI de ingreso por la venta de los productos, como cualquier compra de mercancía, con el uso de CFDI que indique tu área contable. No lleva el complemento de vales de despensa, que es exclusivo de las emisoras de monederos. DILSA te entrega tu CFDI en regla para que tu área contable tenga todo en orden.
En resumen: dar despensas es más fácil de lo que parece
Dar despensas a tu equipo se reduce a unas cuantas decisiones —presupuesto, generalidad, contenido, entrega y CFDI— y a tres requisitos básicos, entre otros que pide la ley: nunca en efectivo, siempre de forma general y con comprobante; tu contador valida el resto. La despensa física no necesita monedero y te permite elegir la despensa que recibe tu personal. Nuestro equipo te ayuda a elegir, dentro de nuestro catálogo de despensas para empresas, la que se ajusta a tu presupuesto y deja la facturación lista.
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Equipo DILSA — más de 35 años surtiendo despensas a empresas en La Laguna.
En DILSA usamos herramientas de inteligencia artificial como apoyo para preparar algunos contenidos. Todo lo que publicamos es revisado, verificado y aprobado por nuestro equipo, con más de 35 años de experiencia surtiendo despensas en La Laguna.
La información de este sitio tiene fines comerciales e informativos y no constituye asesoría fiscal, contable ni legal. El tratamiento fiscal de las despensas y prestaciones de previsión social (deducibilidad, exención e integración al salario base de cotización) depende de las circunstancias de cada empresa y está sujeto a la Ley del ISR, la Ley del Seguro Social y las reglas del SAT vigentes. Consulta siempre a tu contador o asesor fiscal antes de tomar decisiones. DILSA no garantiza resultados fiscales específicos.
Fuentes (verificadas el 26 de septiembre de 2026)
- Usuarios de vales de despensa (≈10 millones de trabajadores; apoyo promedio ~$1,400/mes): Aseval vía Expansión, 5-dic-2025 — https://expansion.mx/economia/2025/12/05/mexico-tiene-usuarios-vales-despensa-va-por-250000-mas
- Generalidad y requisito de monedero solo para vales (Art. 27 fr. XI); comprobantes para pagos que son ingreso del trabajador (Art. 27 fr. V); límite de deducción, hasta 53% (Art. 28 fr. XXX, vigente en 2026); reglas del servicio de comedor (Art. 28 fr. XXI): Ley del ISR — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_del_Impuesto_sobre_la_Renta.pdf
- La ayuda alimentaria no puede darse en efectivo (Art. 7) y el Art. 13 remite a los términos y condiciones de la Ley del ISR (no crea beneficio adicional): Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAAT.pdf
- No integración al SBC hasta 40% UMA mensual ($1,426.49): Art. 27 fr. VI, Ley del Seguro Social — https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_del_Seguro_Social.pdf
- UMA 2026 ($117.31 diaria; mensual $3,566.22; 40% = $1,426.49), vigente desde 1-feb-2026: INEGI com. 1/26, 8-ene-2026 — https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2026/uma/uma2026.pdf · DOF 9-ene-2026 — https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5778072&fecha=09/01/2026
- Catálogo, precios, empaques, ubicaciones y antigüedad: Ficha Técnica de DILSA.
Nota de precisión: la promesa de "100% deducible con la Ley de Ayuda Alimentaria" es incorrecta: el Art. 13 de esa ley remite a la Ley del ISR, cuyo Art. 28 fr. XXX, vigente en 2026, limita la deducción de la despensa y los vales de previsión social (hasta el 53%).

